Resumen del Artículo Disposición transitoria novena

Artículo Disposición transitoria novena del Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia. (codigo) — Disposición transitoria novena. Recepción de obras de urbanización. El régimen previsto en el artículo 96.5 será de aplicación a las obras de urbanización que se encuentren pendientes de recepción con anterioridad al 1 de enero de 2025.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición transitoria novenaDisposición transitoria novena

Disposición transitoria novena. Recepción de obras de urbanización.

El régimen previsto en el artículo 96.5 será de aplicación a las obras de urbanización que se encuentren pendientes de recepción con anterioridad al 1 de enero de 2025.

Norma publicada: 10 de febrero de 2016

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria novena

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