Artículo Disposición transitoria décimaDisposición transitoria décima
Disposición transitoria décima. Registro de las ECCOM.
En tanto no se desarrolle reglamentariamente el Registro de Entidades de Certificación de Conformidad Municipal de la Comunidad Autónoma de Galicia previsto en el artículo 48 de la Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia, se aplicará el régimen establecido en el Decreto 144/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento único de regulación integrada de actividades económicas y apertura de establecimientos.
Norma publicada: 10 de febrero de 2016