Resumen del Artículo 53

Artículo 53 del Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia. (codigo) — Acceso al empleo público del personal funcionario de organismos internacionales. Reglamentariamente se establecerán los requisitos y condiciones para el acceso al empleo público en las administraciones públicas incluidas en el ámbito de aplicación de la presente ley del personal…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 53

Reglamentariamente se establecerán los requisitos y condiciones para el acceso al empleo público en las administraciones públicas incluidas en el ámbito de aplicación de la presente ley del personal funcionario de nacionalidad española al servicio de organismos internacionales, siempre que posea la titulación requerida y supere los correspondientes procesos selectivos. Estas personas podrán quedar exentas de la realización de aquellas pruebas que tengan por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de su puesto en el organismo internacional correspondiente, de acuerdo con lo que dispongan las bases del proceso selectivo.

Norma publicada: 29 de abril de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 53

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¿Dónde se ubica el Artículo 53 dentro del codigo?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 53?

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