Resumen del Artículo 19

Artículo 19 del Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia. (codigo) — Los órganos competentes en materia de personal de las entidades locales y las universidades públicas gallegas. 1. Las competencias que la presente ley atribuye a los órganos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia deben entenderse referidas a los…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 19

1. Las competencias que la presente ley atribuye a los órganos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia deben entenderse referidas a los correspondientes órganos de las entidades locales y de las universidades públicas gallegas que tengan atribuidas las mencionadas competencias en materia de personal, de conformidad con la normativa vigente.

2. En particular, corresponden al pleno de las entidades locales todas aquellas competencias que en la presente ley se atribuyen al Consello de la Xunta, sin perjuicio de las atribuidas expresamente a otros órganos por la legislación básica estatal.

Norma publicada: 29 de abril de 2015

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 19

¿Qué dice el Artículo 19 del codigo?

Los órganos competentes en materia de personal de las entidades locales y las universidades públicas gallegas. 1. Las competencias que la presente ley atribuye a los órganos de la Administración…

¿El Artículo 19 del codigo está vigente?

El artículo 19 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 19 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 19?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.