Resumen del Artículo 78

Artículo 78 del Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias. (codigo) — Regulación. El Gobierno dictará las disposiciones reglamentarias que sean precisas, en desarrollo de la legislación básica y autonómica aplicable, relativas a: a) Seguridad estructural y constructiva. b) Adecuación de los materiales e instalaciones a la normativa vigente. c)…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 78

El Gobierno dictará las disposiciones reglamentarias que sean precisas, en desarrollo de la legislación básica y autonómica aplicable, relativas a:

a) Seguridad estructural y constructiva.

b) Adecuación de los materiales e instalaciones a la normativa vigente.

c) Condiciones de habitabilidad.

d) Adecuación al medio geográfico y social.

e) Accesibilidad para las personas con movilidad reducida.

f) Uso habitacional efectivo, conservación y rehabilitación adecuados.

Norma publicada: 30 de enero de 2003

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 78

¿Qué dice el Artículo 78 del codigo?

Regulación. El Gobierno dictará las disposiciones reglamentarias que sean precisas, en desarrollo de la legislación básica y autonómica aplicable, relativas a: a) Seguridad estructural y…

¿El Artículo 78 del codigo está vigente?

El artículo 78 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 78 dentro del codigo?

Forma parte del articulado del Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias..

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 78?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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