Resumen del Artículo 87

Artículo 87 del Ley 2/2002, de 17 de abril, de Salud. (codigo) — Estructura. El Servicio Riojano de Salud se estructura en los siguientes máximos órganos de dirección: a) El Presidente, que lo será el titular de la Consejería competente en materia de salud. b) El Consejo de Administración. c) El Gerente.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 87

El Servicio Riojano de Salud se estructura en los siguientes máximos órganos de dirección:

a) El Presidente, que lo será el titular de la Consejería competente en materia de salud.

b) El Consejo de Administración.

c) El Gerente.

Norma publicada: 17 de abril de 2002

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 87

¿Qué dice el Artículo 87 del codigo?

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¿El Artículo 87 del codigo está vigente?

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¿Dónde se ubica el Artículo 87 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO VI.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 87?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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