Resumen del Artículo Disposición adicional décima

Artículo Disposición adicional décima del Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias. (codigo) — Disposición adicional décima. Canarias, como región ultraperiférica de la Unión Europea. El Gobierno de la Nación gestionará ante las instituciones de la Unión Europea la consolidación de un Estatuto Permanente derivado de su condición de Región Ultraperiférica.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición adicional décimaDisposición adicional décima

Disposición adicional décima. Canarias, como región ultraperiférica de la Unión Europea.

El Gobierno de la Nación gestionará ante las instituciones de la Unión Europea la consolidación de un Estatuto Permanente derivado de su condición de Región Ultraperiférica.

Norma publicada: 6 de julio de 1994

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional décima

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