Resumen del Artículo 26

Artículo 26 del Ley 16/1999, de 29 de abril, de Comercio Interior de la Comunidad de Madrid. (codigo) — Horario en días laborables. Cada comerciante determinará libremente los días y el horario de apertura y cierre de sus establecimientos en el conjunto de los días laborables de la semana.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 26

Cada comerciante determinará libremente los días y el horario de apertura y cierre de sus establecimientos en el conjunto de los días laborables de la semana.

Norma publicada: 29 de abril de 1999

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 26

¿Qué dice el Artículo 26 del codigo?

Horario en días laborables. Cada comerciante determinará libremente los días y el horario de apertura y cierre de sus establecimientos en el conjunto de los días laborables de la semana.

¿El Artículo 26 del codigo está vigente?

El artículo 26 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 26 dentro del codigo?

Forma parte del articulado del Ley 16/1999, de 29 de abril, de Comercio Interior de la Comunidad de Madrid..

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 26?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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