Resumen del Artículo 77

Artículo 77 del Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de servicios sociales de Castilla-La Mancha. (codigo) — Plan de calidad. 1. El Plan de calidad es el instrumento básico para asegurar el desarrollo y aplicación de los criterios de calidad y la mejora continua y formará parte del Plan Estratégico de Servicios Sociales. 2. El Plan de calidad, incluirá al menos los siguientes…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 77

1. El Plan de calidad es el instrumento básico para asegurar el desarrollo y aplicación de los criterios de calidad y la mejora continua y formará parte del Plan Estratégico de Servicios Sociales.

2. El Plan de calidad, incluirá al menos los siguientes contenidos:

a) La definición de los objetivos de calidad.

b) Los instrumentos y los sistemas de mejora.

c) Sistemas de evaluación del grado de satisfacción de las personas usuarias.

d) Cartas de servicios.

e) Criterios de calidad respecto a las instalaciones, prestación del servicio, empleo, así como otros que se consideren según la naturaleza de la prestación.

f) Planificación de acciones de formación continúa de los profesionales del sistema y su participación en el diseño de los procesos de mejora.

g) Sistema de sugerencias, quejas y reclamaciones de las personas usuarias.

h) Indicadores de seguimiento y evaluación del Plan.

Norma publicada: 16 de diciembre de 2010

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 77

¿Qué dice el Artículo 77 del codigo?

Plan de calidad. 1. El Plan de calidad es el instrumento básico para asegurar el desarrollo y aplicación de los criterios de calidad y la mejora continua y formará parte del Plan Estratégico de…

¿El Artículo 77 del codigo está vigente?

El artículo 77 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 77 dentro del codigo?

Forma parte del articulado del Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de servicios sociales de Castilla-La Mancha..

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 77?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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