Artículo 1
En el marco de esta Ley, la ordenación territorial en las Illes Balears tiene como objetivos fundamentales:
a) Mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.
b) Disponer una estructura espacial adecuada que permita conseguir un desarrollo socioeconómico compatible con la utilización racional de los recursos naturales.
c) Garantizar la protección y la mejora del medio ambiente.
Norma publicada: 21 de diciembre de 2000