Artículo 34
A los efectos de esta Ley, las empresas turísticas se clasifican en:
a) Empresas turísticas de alojamiento.
b) Empresas turísticas de mediación.
Norma publicada: 21 de junio de 2002
Resumen del Artículo 34
Artículo 34 del Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña. (codigo) — Clasificación de las empresas turísticas. A los efectos de esta Ley, las empresas turísticas se clasifican en: a) Empresas turísticas de alojamiento. b) Empresas turísticas de mediación.
A los efectos de esta Ley, las empresas turísticas se clasifican en:
a) Empresas turísticas de alojamiento.
b) Empresas turísticas de mediación.
Norma publicada: 21 de junio de 2002
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Clasificación de las empresas turísticas. A los efectos de esta Ley, las empresas turísticas se clasifican en: a) Empresas turísticas de alojamiento. b) Empresas turísticas de mediación.
El artículo 34 del codigo está vigente.
Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.
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