Resumen del Artículo 22

Artículo 22 del Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña. (codigo) — Pérdida de la condición de municipio turístico. 1. La pérdida de la condición de municipio turístico se produce en los siguientes supuestos: a) Si lo solicita el ayuntamiento interesado. b) Si dejan de darse las circunstancias que la motivaron. c) Si el ayuntamiento no presta…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 22

1. La pérdida de la condición de municipio turístico se produce en los siguientes supuestos:

a) Si lo solicita el ayuntamiento interesado.

b) Si dejan de darse las circunstancias que la motivaron.

c) Si el ayuntamiento no presta los servicios mínimos inherentes a la condición de municipio turístico.

2. Corresponde al Gobierno declarar la pérdida de la condición de municipio turístico, una vez oído, en los supuestos b) y c) del apartado 1, el ayuntamiento afectado.

Norma publicada: 21 de junio de 2002

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 22

¿Qué dice el Artículo 22 del codigo?

Pérdida de la condición de municipio turístico. 1. La pérdida de la condición de municipio turístico se produce en los siguientes supuestos: a) Si lo solicita el ayuntamiento interesado. b) Si dejan…

¿El Artículo 22 del codigo está vigente?

El artículo 22 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 22 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 22?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.