Resumen del Artículo 204

Artículo 204 del Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears. (codigo)Publicidad de las resoluciones sancionadoras. Las resoluciones sancionadoras firmes en vía administrativa por infracciones urbanísticas graves o muy graves se publicarán en la página web de la administración resolutoria, con mención de las sanciones impuestas, los sujetos…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 204

Las resoluciones sancionadoras firmes en vía administrativa por infracciones urbanísticas graves o muy graves se publicarán en la página web de la administración resolutoria, con mención de las sanciones impuestas, los sujetos responsables, las infracciones cometidas y las posibles medidas de restablecimiento de la realidad física alterada que se hayan adoptado a consecuencia de la infracción.

Norma publicada: 29 de diciembre de 2017

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 204

¿Qué dice el Artículo 204 del codigo?

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¿Dónde se ubica el Artículo 204 dentro del codigo?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 204?

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