Artículo Disposición transitoria décimaDisposición transitoria décima
Disposición transitoria décima. Situación administrativa de los inspectores en comisión de servicios.
El Departamento debe fomentar, sin perjuicio de la creación del Cuerpo de Inspectores de Educación de la Generalidad de Cataluña, establecida en el artículo 112, los procedimientos para favorecer la consolidación de la situación administrativa de los inspectores que ejercen la función inspectora en comisión de servicios a través de un turno especial.
Norma publicada: 10 de julio de 2009