Resumen del Artículo Disposición adicional vigésima segunda

Artículo Disposición adicional vigésima segunda del Ley 12/2009, de 10 de julio, de Educación. (codigo) — Disposición adicional vigésima segunda. Convenios para la educación infantil. Los convenios entre el Departamento y los entes locales para la educación infantil deben velar para que queden garantizadas las condiciones básicas de calidad que garantizan la prestación de este…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición adicional vigésima segundaDisposición adicional vigésima segunda

Disposición adicional vigésima segunda. Convenios para la educación infantil.

Los convenios entre el Departamento y los entes locales para la educación infantil deben velar para que queden garantizadas las condiciones básicas de calidad que garantizan la prestación de este servicio.

Norma publicada: 10 de julio de 2009

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional vigésima segunda

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