Artículo Disposición adicional trigésima segundaDisposición adicional trigésima segunda
Disposición adicional trigésima segunda. Plan piloto de selección de sustitutos.
El Gobierno debe activar el desarrollo del Plan piloto de selección de sustitutos docentes (PDI), una vez reformulada y acotada la aplicación del plan, de acuerdo con la interlocución con los agentes de la comunidad educativa.
Norma publicada: 10 de julio de 2009