Resumen del Artículo Disposición adicional trigésima segunda

Artículo Disposición adicional trigésima segunda del Ley 12/2009, de 10 de julio, de Educación. (codigo) — Disposición adicional trigésima segunda. Plan piloto de selección de sustitutos. El Gobierno debe activar el desarrollo del Plan piloto de selección de sustitutos docentes (PDI), una vez reformulada y acotada la aplicación del plan, de acuerdo con la interlocución con los…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición adicional trigésima segundaDisposición adicional trigésima segunda

Disposición adicional trigésima segunda. Plan piloto de selección de sustitutos.

El Gobierno debe activar el desarrollo del Plan piloto de selección de sustitutos docentes (PDI), una vez reformulada y acotada la aplicación del plan, de acuerdo con la interlocución con los agentes de la comunidad educativa.

Norma publicada: 10 de julio de 2009

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional trigésima segunda

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