Resumen del Artículo 43

Artículo 43 del Ley 12/2009, de 10 de julio, de Educación. (codigo)Principios ordenadores de la prestación del Servicio de Educación de Cataluña. 1. La prestación del Servicio de Educación de Cataluña se ordena de acuerdo con: a) Los principios establecidos en el título preliminar. b) El principio de la gratuidad de las plazas escolares propias…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 43

1. La prestación del Servicio de Educación de Cataluña se ordena de acuerdo con:

a) Los principios establecidos en el título preliminar.

b) El principio de la gratuidad de las plazas escolares propias de las enseñanzas obligatorias y de las declaradas gratuitas por la presente ley.

c) El principio de acceso de los alumnos en condiciones de igualdad.

d) El principio de coeducación mediante la escolarización mixta, que debe ser objeto de atención preferente.

e) El principio de responsabilización de todos los centros en la escolarización equilibrada de los alumnos, especialmente de aquellos que presentan necesidades específicas de apoyo educativo.

2. El Gobierno debe garantizar que la prestación del Servicio de Educación de Cataluña llegue a ser un referente de calidad en el proceso de consecución de la equidad y la excelencia.

Norma publicada: 10 de julio de 2009

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 43

¿Qué dice el Artículo 43 del codigo?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 43?

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