Resumen del Artículo Disposición adicional séptima

Artículo Disposición adicional séptima del Ley 12/2007, de 11 de octubre, de Servicios Sociales. (codigo) — Disposición adicional séptima. Marco de cooperación interadministrativa. Lo establecido por el artículo 41 debe entenderse sin perjuicio del marco de cooperación interadministrativa que se establezca para desarrollar la Ley del Estado 39/2006.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición adicional séptimaDisposición adicional séptima

Disposición adicional séptima. Marco de cooperación interadministrativa.

Lo establecido por el artículo 41 debe entenderse sin perjuicio del marco de cooperación interadministrativa que se establezca para desarrollar la Ley del Estado 39/2006.

Norma publicada: 11 de octubre de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional séptima

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