Artículo 32
Es causa de interés social a efectos de expropiación el incumplimiento del deber de conservación de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Asturias.
Norma publicada: 6 de marzo de 2001
Resumen del Artículo 32
Artículo 32 del Ley 1/2001, de 6 de marzo, del Patrimonio Cultural. (codigo) — Interés social de la expropiación por incumplimiento del deber de conservación. Es causa de interés social a efectos de expropiación el incumplimiento del deber de conservación de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Asturias.
Es causa de interés social a efectos de expropiación el incumplimiento del deber de conservación de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Asturias.
Norma publicada: 6 de marzo de 2001
Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.
Interés social de la expropiación por incumplimiento del deber de conservación. Es causa de interés social a efectos de expropiación el incumplimiento del deber de conservación de los bienes…
El artículo 32 del codigo está vigente.
Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.
El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.
Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.