Resumen del Artículo 92

Artículo 92 del Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias. (codigo) — Gestión de los centros, servicios y establecimientos. 1. El Gobierno de Canarias regulará reglamentariamente las siguientes materias: a) Los criterios para garantizar el nivel de calidad asistencial de los centros y la eficacia y eficiencia de la gestión económica de los mismos.…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 92

1. El Gobierno de Canarias regulará reglamentariamente las siguientes materias:

a) Los criterios para garantizar el nivel de calidad asistencial de los centros y la eficacia y eficiencia de la gestión económica de los mismos.

b) El sistema integral de gestión de los centros y establecimientos del Servicio Canario de la Salud que permita:

1.º Implantar una dirección por objetivos y un control por resultados.

2.º Delimitar claramente las responsabilidades de dirección y gestión.

3.º Establecer un adecuado control en la evaluación de los diferentes parámetros que influyen, de modo preponderante, en los costes y la calidad de la asistencia.

c) La estructura orgánica de dirección, gestión y administración de los centros y establecimientos que permita la implantación de una dirección participativa por objetivos y un control por resultados.

d) Los sistemas para formar personal especialista en dirección, gestión y administración sanitarias.

2. De acuerdo con lo que se establezca reglamentariamente, los precitados centros y establecimientos deberán confeccionar y remitir periódicamente al Director del Servicio Canario de la Salud:

a) Los indicadores sanitarios, de gestión, de personal y económicos, que serán comunes para todos ellos.

b) La valoración económica de las actividades que desarrollen.

Norma publicada: 26 de julio de 1994

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 92

¿Qué dice el Artículo 92 del codigo?

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¿El Artículo 92 del codigo está vigente?

El artículo 92 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 92 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IV › Subsección 3.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 92?

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