Artículo 5
La actividad de la Junta de Castilla y León en materia de Ordenación del Territorio se ejercerá a través de los siguientes instrumentos:
a) Directrices de Ordenación del Territorio de Castilla y León.
b) Directrices de Ordenación de ámbito subregional.
c) Planes y Proyectos Regionales.
d) Planes de Ordenación de los Recursos Naturales.
Norma publicada: 5 de diciembre de 1998