Resumen del Artículo 71

Artículo 71 del Impuesto sobre Sociedades Foral de Navarra (ISNav) — Baja en el Índice de Entidades. 1. El Departamento competente en materia tributaria dictará, previa audiencia de los interesados, acuerdo de baja provisional en los siguientes casos: a) Cuando los débitos tributarios de la entidad para con la Hacienda Pública de Navarra sean…

ISNavVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 71

1. El Departamento competente en materia tributaria dictará, previa audiencia de los interesados, acuerdo de baja provisional en los siguientes casos:

a) Cuando los débitos tributarios de la entidad para con la Hacienda Pública de Navarra sean declarados fallidos de conformidad con las disposiciones reguladoras de la materia.

b) Cuando la entidad no hubiere presentado la declaración por este Impuesto correspondiente a tres periodos impositivos consecutivos.

2. El acuerdo de baja provisional será notificado al Registro Público correspondiente, a fin de que proceda a extender en la hoja abierta a la entidad afectada una nota marginal en la que se hará constar que, en lo sucesivo, no podrá realizarse ninguna inscripción que a aquella concierna sin presentación de certificación de alta en el Índice de Entidades.

3. El acuerdo de baja provisional no eximirá a la entidad afectada de ninguna de las obligaciones tributarias que le pudieran incumbir.

Norma publicada: 28 de diciembre de 2016

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 71

¿Qué dice el Artículo 71 del ISNav?

Baja en el Índice de Entidades. 1. El Departamento competente en materia tributaria dictará, previa audiencia de los interesados, acuerdo de baja provisional en los siguientes casos: a) Cuando los…

¿El Artículo 71 del ISNav está vigente?

El artículo 71 del ISNav está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 71 dentro del ISNav?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 71?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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