Resumen del Artículo 113

Artículo 113 del Impuesto sobre Sociedades Foral de Navarra (ISNav) — Causas determinantes de la pérdida del régimen de consolidación fiscal. 1. El régimen de consolidación fiscal se perderá por las siguientes causas: a) La concurrencia en alguna o algunas de las entidades integrantes del grupo fiscal de alguna de las circunstancias que determinan…

ISNavVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 113

1. El régimen de consolidación fiscal se perderá por las siguientes causas:

a) La concurrencia en alguna o algunas de las entidades integrantes del grupo fiscal de alguna de las circunstancias que determinan la aplicación del régimen de estimación indirecta.

b) El incumplimiento de las obligaciones de información a que se refiere el artículo 112.1.

2. La pérdida del régimen de consolidación fiscal se producirá con efectos en el período impositivo en que concurra alguna o algunas de las causas a que se refiere el apartado anterior, debiendo las entidades integrantes del grupo fiscal tributar por el régimen individual en dicho período.

Norma publicada: 28 de diciembre de 2016

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 113

¿Qué dice el Artículo 113 del ISNav?

Causas determinantes de la pérdida del régimen de consolidación fiscal. 1. El régimen de consolidación fiscal se perderá por las siguientes causas: a) La concurrencia en alguna o algunas de las…

¿El Artículo 113 del ISNav está vigente?

El artículo 113 del ISNav está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 113 dentro del ISNav?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO VII.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 113?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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