Resumen del Artículo Disposición transitoria tercera

Artículo Disposición transitoria tercera del Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra (Fuero Nuevo) (FNNav) — Disposición transitoria tercera. Usufructo de fidelidad. No se aplicará lo dispuesto en la Ley doscientos cincuenta y seis respecto al usufructo de fidelidad a favor del cónyuge viudo de segundas o ulteriores nupcias si, con anterioridad a esta Compilación, se hubiere…

FNNavVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición transitoria terceraDisposición transitoria tercera

Disposición transitoria tercera. Usufructo de fidelidad.

No se aplicará lo dispuesto en la Ley doscientos cincuenta y seis respecto al usufructo de fidelidad a favor del cónyuge viudo de segundas o ulteriores nupcias si, con anterioridad a esta Compilación, se hubiere formalizado inventario sin oposición de los nudo propietarios.

Norma publicada: 1 de marzo de 1973

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria tercera

¿Qué dice el Artículo Disposición transitoria tercera del FNNav?

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¿El Artículo Disposición transitoria tercera del FNNav está vigente?

El artículo Disposición transitoria tercera del FNNav está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición transitoria tercera dentro del FNNav?

Se encuentra en la estructura: LIBRO IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición transitoria tercera?

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