Artículo 295Ley 295
Ley 295.
Aplicación al pacto sucesorio. Todas las disposiciones de este título se aplicarán a la fiduciaria o herencia de confianza instituida por pacto sucesorio.
Norma publicada: 1 de marzo de 1973
Resumen del Artículo 295
Artículo 295 del Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra (Fuero Nuevo) (FNNav) — Ley 295. Aplicación al pacto sucesorio. Todas las disposiciones de este título se aplicarán a la fiduciaria o herencia de confianza instituida por pacto sucesorio.
Ley 295.
Aplicación al pacto sucesorio. Todas las disposiciones de este título se aplicarán a la fiduciaria o herencia de confianza instituida por pacto sucesorio.
Norma publicada: 1 de marzo de 1973
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Ley 295. Aplicación al pacto sucesorio. Todas las disposiciones de este título se aplicarán a la fiduciaria o herencia de confianza instituida por pacto sucesorio.
El artículo 295 del FNNav está vigente.
Se encuentra en la estructura: LIBRO II.
El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.
Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.