Artículo 20Ley 20
Ley 20.
Vicios de la voluntad. Son anulables las declaraciones viciadas por error, dolo o violencia física o moral graves, pero no podrá alegarse el error inexcusable de hecho o de Derecho.
Norma publicada: 1 de marzo de 1973
Resumen del Artículo 20
Artículo 20 del Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra (Fuero Nuevo) (FNNav) — Ley 20. Vicios de la voluntad. Son anulables las declaraciones viciadas por error, dolo o violencia física o moral graves, pero no podrá alegarse el error inexcusable de hecho o de Derecho.
Ley 20.
Vicios de la voluntad. Son anulables las declaraciones viciadas por error, dolo o violencia física o moral graves, pero no podrá alegarse el error inexcusable de hecho o de Derecho.
Norma publicada: 1 de marzo de 1973
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Ley 20. Vicios de la voluntad. Son anulables las declaraciones viciadas por error, dolo o violencia física o moral graves, pero no podrá alegarse el error inexcusable de hecho o de Derecho.
El artículo 20 del FNNav está vigente.
Se encuentra en la estructura: LIBRO PRELIMINAR.
El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.
Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.