Artículo 2Ley 2
Ley 2.
Prelación de fuentes. En Navarra la prelación de fuentes de Derecho es la siguiente:
1. La costumbre establecida por la realidad social navarra.
2. Las leyes de la presente Compilación y las Leyes civiles navarras.
3. Los principios generales del Derecho navarro.
Norma publicada: 1 de marzo de 1973