Artículo 183Ley 183
Ley 183.
Promesa de nombrar heredero. Se tendrá por nombramiento de heredero la promesa de nombrarlo hecha en pacto sucesorio y producirá los mismos efectos establecidos en las leyes ciento setenta y nueve y ciento ochenta para los pactos sucesorios sin transmisión actual de bienes.
Norma publicada: 1 de marzo de 1973