Resumen del Artículo Disposición adicional vigesimoséptima

Artículo Disposición adicional vigesimoséptima del Estatuto de los Trabajadores (ET) — Disposición adicional vigesimoséptima. Régimen jurídico aplicable en los casos de contratas y subcontratas suscritas con centros especiales de empleo. En los casos de contratas y subcontratas suscritas con los centros especiales de empleo regulados en el texto refundido de la…

ETVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional vigesimoséptimaDisposición adicional vigesimoséptima

Disposición adicional vigesimoséptima. Régimen jurídico aplicable en los casos de contratas y subcontratas suscritas con centros especiales de empleo.

En los casos de contratas y subcontratas suscritas con los centros especiales de empleo regulados en el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, no será de aplicación el artículo 42.6 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Norma publicada: 23 de octubre de 2015

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional vigesimoséptima

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional vigesimoséptima del ET?

Disposición adicional vigesimoséptima. Régimen jurídico aplicable en los casos de contratas y subcontratas suscritas con centros especiales de empleo. En los casos de contratas y subcontratas…

¿El Artículo Disposición adicional vigesimoséptima del ET está vigente?

El artículo Disposición adicional vigesimoséptima del ET está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional vigesimoséptima dentro del ET?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II › Sección 2.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional vigesimoséptima?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.