Resumen del Artículo Disposición adicional vigesimocuarta

Artículo Disposición adicional vigesimocuarta del Estatuto de los Trabajadores (ET) — Disposición adicional vigesimocuarta. Compromiso de reducción de la tasa de temporalidad. 1. El Gobierno efectuará una evaluación de los resultados obtenidos por las medidas previstas en el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma…

ETVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional vigesimocuartaDisposición adicional vigesimocuarta

Disposición adicional vigesimocuarta. Compromiso de reducción de la tasa de temporalidad.

1. El Gobierno efectuará una evaluación de los resultados obtenidos por las medidas previstas en el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, mediante el análisis de los datos de contratación temporal e indefinida en enero del año 2025, procediendo a la publicación oficial, a estos efectos, de la tasa de temporalidad general y por sectores.

Dicha evaluación deberá repetirse cada dos años.

2. En el caso de que los resultados de la evaluación anterior demuestren que no se avanza en la reducción de la tasa de temporalidad, ya sea en la general o en la de los diferentes sectores, el Gobierno elevará a la mesa de diálogo social una propuesta de medidas adicionales que permitan la consecución de dicho objetivo, general o sectorial, para su discusión y eventual acuerdo con los interlocutores sociales.

Norma publicada: 23 de octubre de 2015

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional vigesimocuarta

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional vigesimocuarta del ET?

Disposición adicional vigesimocuarta. Compromiso de reducción de la tasa de temporalidad. 1. El Gobierno efectuará una evaluación de los resultados obtenidos por las medidas previstas en el Real…

¿El Artículo Disposición adicional vigesimocuarta del ET está vigente?

El artículo Disposición adicional vigesimocuarta del ET está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional vigesimocuarta dentro del ET?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II › Sección 2.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional vigesimocuarta?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.