Resumen del Artículo Disposición adicional undécima

Artículo Disposición adicional undécima del Estatuto de los Trabajadores (ET) — Disposición adicional undécima. Acreditación de la capacidad representativa de las organizaciones sindicales. A los efectos de expedición de las certificaciones acreditativas de la capacidad representativa de las organizaciones sindicales en el ámbito estatal prevista en el…

ETVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional undécimaDisposición adicional undécima

Disposición adicional undécima. Acreditación de la capacidad representativa de las organizaciones sindicales.

A los efectos de expedición de las certificaciones acreditativas de la capacidad representativa de las organizaciones sindicales en el ámbito estatal prevista en el artículo 75.7, las comunidades autónomas deberán remitir mensualmente copia de las actas electorales registradas a la oficina pública estatal.

Norma publicada: 23 de octubre de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional undécima

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional undécima del ET?

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El artículo Disposición adicional undécima del ET está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional undécima dentro del ET?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional undécima?

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