Resumen del Artículo Disposición adicional decimotercera

Artículo Disposición adicional decimotercera del Estatuto de los Trabajadores (ET) — Disposición adicional decimotercera. Solución no judicial de conflictos. En el supuesto de que, aun no habiéndose pactado en el convenio colectivo aplicable un procedimiento para resolver las discrepancias en los periodos de consultas, se hubieran establecido, conforme al…

ETVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional decimoterceraDisposición adicional decimotercera

Disposición adicional decimotercera. Solución no judicial de conflictos.

En el supuesto de que, aun no habiéndose pactado en el convenio colectivo aplicable un procedimiento para resolver las discrepancias en los periodos de consultas, se hubieran establecido, conforme al artículo 83, órganos o procedimientos no judiciales de solución de conflictos en el ámbito territorial correspondiente, quienes sean parte en dichos periodos de consultas podrán someter de común acuerdo su controversia a dichos órganos.

Norma publicada: 23 de octubre de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional decimotercera

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional decimotercera del ET?

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El artículo Disposición adicional decimotercera del ET está vigente.

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional decimotercera?

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