Resumen del Artículo 25

Artículo 25 del Estatuto de Autonomía de Melilla (EAMelilla) — La ciudad de Melilla ejercerá además todas las competencias que la legislación estatal atribuye a los Ayuntamientos, así como las que actualmente ejerce de las Diputaciones provinciales y la que en el futuro puedan atribuirse a éstas por Ley del Estado.

EAMelillaVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 25

La ciudad de Melilla ejercerá además todas las competencias que la legislación estatal atribuye a los Ayuntamientos, así como las que actualmente ejerce de las Diputaciones provinciales y la que en el futuro puedan atribuirse a éstas por Ley del Estado.

Norma publicada: 13 de marzo de 1995

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 25

¿Qué dice el Artículo 25 del EAMelilla?

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¿El Artículo 25 del EAMelilla está vigente?

El artículo 25 del EAMelilla está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 25 dentro del EAMelilla?

Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía de Melilla.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 25?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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