Artículo 20
Corresponde a la ciudad de Melilla, en los términos previstos en el presente Estatuto, la competencia sobre la organización y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno.
Norma publicada: 13 de marzo de 1995
Resumen del Artículo 20
Artículo 20 del Estatuto de Autonomía de Melilla (EAMelilla) — Corresponde a la ciudad de Melilla, en los términos previstos en el presente Estatuto, la competencia sobre la organización y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno.
Corresponde a la ciudad de Melilla, en los términos previstos en el presente Estatuto, la competencia sobre la organización y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno.
Norma publicada: 13 de marzo de 1995
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Corresponde a la ciudad de Melilla, en los términos previstos en el presente Estatuto, la competencia sobre la organización y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno.
El artículo 20 del EAMelilla está vigente.
Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía de Melilla.
El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.
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