Resumen del Artículo treinta y seis

Artículo treinta y seis del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (EAMad) — 1. En el ejercicio de sus competencias ejecutivas, la Comunidad de Madrid gozará de las potestades y privilegios propios de la Administración del Estado, entre las que se comprenden: a) La presunción de legitimidad y la ejecutoriedad de sus actos, así como los poderes de…

EAMadVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo treinta y seis

1. En el ejercicio de sus competencias ejecutivas, la Comunidad de Madrid gozará de las potestades y privilegios propios de la Administración del Estado, entre las que se comprenden:

a) La presunción de legitimidad y la ejecutoriedad de sus actos, así como los poderes de ejecución forzosa y revisión en vía administrativa.

b) La potestad de expropiación, incluida la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados, así como el ejercicio de las restantes competencias de la legislación expropiatoria atribuida a la Administración del Estado, cuando se trate de materias de competencia de la Comunidad de Madrid.

c) La potestad de sanción dentro de los límites que establezca el ordenamiento jurídico.

d) La facultad de utilización del procedimiento de apremio.

e) La inembargabilidad de sus bienes y derechos, así como los privilegios de prelación, preferencia y demás reconocidos a la Hacienda pública para el cobro de sus créditos, sin perjuicio de los que corresponda en esta materia a la Hacienda del Estado, y en igualdad de derechos con las demás Comunidades Autónomas.

f) Las potestades de investigación, deslinde y recuperación en materia de bienes.

g) La exención de la obligación de prestar toda clase de garantías o cauciones ante los organismos administrativos y ante los jueces o tribunales de cualquier jurisdicción.

2. No se admitirán interdictos contra las actuaciones de la Comunidad de Madrid en materia de su competencia y de acuerdo con el Procedimiento legalmente establecido.

Norma publicada: 25 de febrero de 1983

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo treinta y seis

¿Qué dice el Artículo treinta y seis del EAMad?

1. En el ejercicio de sus competencias ejecutivas, la Comunidad de Madrid gozará de las potestades y privilegios propios de la Administración del Estado, entre las que se comprenden: a) La presunción…

¿El Artículo treinta y seis del EAMad está vigente?

El artículo treinta y seis del EAMad está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo treinta y seis dentro del EAMad?

Se encuentra en la estructura: CAPITULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo treinta y seis?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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