Resumen del Artículo sesenta

Artículo sesenta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (EAMad) — Corresponde al Gobierno de la Comunidad de Madrid: a) Aprobar los Reglamentos generales de sus propios tributos. b) Elaborar las normas reglamentarias precisas para gestionar los impuestos estatales cedidos, de acuerdo con los términos de dicha cesión.

EAMadVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo sesenta

Corresponde al Gobierno de la Comunidad de Madrid:

a) Aprobar los Reglamentos generales de sus propios tributos.

b) Elaborar las normas reglamentarias precisas para gestionar los impuestos estatales cedidos, de acuerdo con los términos de dicha cesión.

Norma publicada: 25 de febrero de 1983

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo sesenta

¿Qué dice el Artículo sesenta del EAMad?

Corresponde al Gobierno de la Comunidad de Madrid: a) Aprobar los Reglamentos generales de sus propios tributos. b) Elaborar las normas reglamentarias precisas para gestionar los impuestos estatales…

¿El Artículo sesenta del EAMad está vigente?

El artículo sesenta del EAMad está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo sesenta dentro del EAMad?

Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo sesenta?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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