Resumen del Artículo 50

Artículo 50 del Estatuto de Autonomía de La Rioja (EARioja) — La Comunidad Autónoma podrá crear su propio Tribunal Económico-Administrativo, mediante Ley que regulará su composición, régimen y funcionamiento.

EARiojaVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 50

La Comunidad Autónoma podrá crear su propio Tribunal Económico-Administrativo, mediante Ley que regulará su composición, régimen y funcionamiento.

Norma publicada: 9 de junio de 1982

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 50

¿Qué dice el Artículo 50 del EARioja?

La Comunidad Autónoma podrá crear su propio Tribunal Económico-Administrativo, mediante Ley que regulará su composición, régimen y funcionamiento.

¿El Artículo 50 del EARioja está vigente?

El artículo 50 del EARioja está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 50 dentro del EARioja?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 50?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.