Resumen del Artículo 72

Artículo 72 del Estatuto de Autonomía de Extremadura (EAExt) — Cooperación al desarrollo. La Comunidad Autónoma concebirá y ejecutará su política de cooperación al desarrollo de acuerdo con los siguientes procedimientos, entre otros: a) La planificación, coordinación y control de las actuaciones de la Administración autonómica y sus entes…

EAExtVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 72

La Comunidad Autónoma concebirá y ejecutará su política de cooperación al desarrollo de acuerdo con los siguientes procedimientos, entre otros:

a) La planificación, coordinación y control de las actuaciones de la Administración autonómica y sus entes instrumentales en la materia.

b) La coordinación de la política extremeña de cooperación al desarrollo con la estatal y, en su caso, con la de las demás Comunidades en el marco de procedimientos multilaterales.

c) La ejecución directa de actuaciones de cooperación al desarrollo mediante la transferencia de tecnología, la asignación de recursos materiales o humanos o el asesoramiento especializado.

d) La transferencia directa de recursos financieros propios o transferidos por otras entidades o administraciones.

e) La financiación, evaluación y control de actuaciones de desarrollo propuestas o ejecutadas por empresas, organizaciones o entidades.

f) La promoción y sensibilización de los ciudadanos en la materia mediante campañas, programas de difusión, actividades formativas y el fomento del voluntariado.

Norma publicada: 28 de enero de 2011

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 72

¿Qué dice el Artículo 72 del EAExt?

Cooperación al desarrollo. La Comunidad Autónoma concebirá y ejecutará su política de cooperación al desarrollo de acuerdo con los siguientes procedimientos, entre otros: a) La planificación,…

¿El Artículo 72 del EAExt está vigente?

El artículo 72 del EAExt está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 72 dentro del EAExt?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 72?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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