Resumen del Artículo 89

Artículo 89 del Estatuto de Autonomía de Cataluña (EACat) — Régimen especial del municipio de Barcelona. El municipio de Barcelona dispone de un régimen especial establecido por ley del Parlamento. El Ayuntamiento de Barcelona tiene iniciativa para proponer la modificación de este régimen especial y, de acuerdo con las leyes y el…

EACatVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 89

El municipio de Barcelona dispone de un régimen especial establecido por ley del Parlamento. El Ayuntamiento de Barcelona tiene iniciativa para proponer la modificación de este régimen especial y, de acuerdo con las leyes y el Reglamento del Parlamento, debe participar en la elaboración de los proyectos de ley que inciden en este régimen especial y debe ser consultado en la tramitación parlamentaria de otras iniciativas legislativas sobre su régimen especial.

Norma publicada: 19 de julio de 2006

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 89

¿Qué dice el Artículo 89 del EACat?

Régimen especial del municipio de Barcelona. El municipio de Barcelona dispone de un régimen especial establecido por ley del Parlamento. El Ayuntamiento de Barcelona tiene iniciativa para proponer…

¿El Artículo 89 del EACat está vigente?

El artículo 89 del EACat está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 89 dentro del EACat?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO VI › Sección Segunda.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 89?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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