Resumen del Artículo 23

Artículo 23 del Estatuto de Autonomía de Cataluña (EACat) — Derechos en el ámbito de la salud. 1. Todas las personas tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad y gratuidad a los servicios sanitarios de responsabilidad pública, en los términos que se establecen por ley. 2. Los usuarios de la sanidad pública tienen derecho al…

EACatVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 23

1. Todas las personas tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad y gratuidad a los servicios sanitarios de responsabilidad pública, en los términos que se establecen por ley.

2. Los usuarios de la sanidad pública tienen derecho al respeto de sus preferencias en lo que concierne a la elección de médico o médica y de centro sanitario, en los términos y las condiciones que establecen las leyes.

3. Todas las personas, con relación a los servicios sanitarios públicos y privados, tienen derecho a ser informadas sobre los servicios a que pueden acceder y los requisitos necesarios para su uso; sobre los tratamientos médicos y sus riesgos, antes de que les sean aplicados; a dar el consentimiento para cualquier intervención; a acceder a la historia clínica propia, y a la confidencialidad de los datos relativos a la salud propia, en los términos que se establecen por ley.

Norma publicada: 19 de julio de 2006

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 23

¿Qué dice el Artículo 23 del EACat?

Derechos en el ámbito de la salud. 1. Todas las personas tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad y gratuidad a los servicios sanitarios de responsabilidad pública, en los términos que se…

¿El Artículo 23 del EACat está vigente?

El artículo 23 del EACat está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 23 dentro del EACat?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 23?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.