Resumen del Artículo 168

Artículo 168 del Estatuto de Autonomía de Cataluña (EACat) — Sistema penitenciario. 1. Corresponde a la Generalitat la competencia ejecutiva de la legislación del Estado en materia penitenciaria, que incluye en todo caso: a) La capacidad para dictar disposiciones que adapten la normativa penitenciaria a la realidad social de Cataluña. b)…

EACatVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 168

1. Corresponde a la Generalitat la competencia ejecutiva de la legislación del Estado en materia penitenciaria, que incluye en todo caso:

a) La capacidad para dictar disposiciones que adapten la normativa penitenciaria a la realidad social de Cataluña.

b) La totalidad de la gestión de la actividad penitenciaria en Cataluña, especialmente la dirección, la organización, el régimen, el funcionamiento, la planificación y la inspección de las instituciones penitenciarias de cualquier tipo situadas en Cataluña.

c) La planificación, la construcción y la reforma de los establecimientos penitenciarios situados en Cataluña.

d) La administración y gestión patrimonial de los inmuebles y equipamientos adscritos a la Administración penitenciaria catalana y de todos los medios materiales que le sean asignados.

e) La planificación y organización del trabajo remunerado de la población reclusa, así como la ejecución de las medidas alternativas en prisión y las actividades de reinserción.

2. La Generalitat podrá emitir informes en el procedimiento de otorgamiento de indultos.

Norma publicada: 19 de julio de 2006

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 168

¿Qué dice el Artículo 168 del EACat?

Sistema penitenciario. 1. Corresponde a la Generalitat la competencia ejecutiva de la legislación del Estado en materia penitenciaria, que incluye en todo caso: a) La capacidad para dictar…

¿El Artículo 168 del EACat está vigente?

El artículo 168 del EACat está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 168 dentro del EACat?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 168?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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