Resumen del Artículo 52

Artículo 52 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León (EACyL) — Asociación de entidades locales. 1. La Comunidad de Castilla y León fomentará las asociaciones de entidades locales de ámbito autonómico para la protección y promoción de sus intereses comunes. 2. Las Instituciones de la Comunidad Autónoma reconocerán la interlocución de la…

EACyLVigenteActualizado: 20 de abril de 2026

Artículo 52

1. La Comunidad de Castilla y León fomentará las asociaciones de entidades locales de ámbito autonómico para la protección y promoción de sus intereses comunes.

2. Las Instituciones de la Comunidad Autónoma reconocerán la interlocución de la Federación Regional de Municipios y Provincias de Castilla y León, en cuanto asociación local con mayor implantación.

Norma publicada: 30 de noviembre de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 52

¿Qué dice el Artículo 52 del EACyL?

Asociación de entidades locales. 1. La Comunidad de Castilla y León fomentará las asociaciones de entidades locales de ámbito autonómico para la protección y promoción de sus intereses comunes. 2.…

¿El Artículo 52 del EACyL está vigente?

El artículo 52 del EACyL está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 52 dentro del EACyL?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 52?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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