Resumen del Artículo veintisiete

Artículo veintisiete del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha (EACLM) — Corresponde al Consejo de Gobierno de la región: a) Ejercer en su territorio todas las facultades que las leyes reguladoras del Poder Judicial reconozcan o atribuyan al Gobierno de la Nación. b) Proponer a las Cortes de la Región la delimitación de las demarcaciones…

EACLMVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo veintisiete

Corresponde al Consejo de Gobierno de la región:

a) Ejercer en su territorio todas las facultades que las leyes reguladoras del Poder Judicial reconozcan o atribuyan al Gobierno de la Nación.

b) Proponer a las Cortes de la Región la delimitación de las demarcaciones territoriales de los órganos jurisdiccionales en la misma, de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial y teniendo en cuenta los límites de los actuales partidos judiciales y las características geográficas, históricas y de población.

Norma publicada: 10 de agosto de 1982

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo veintisiete

¿Qué dice el Artículo veintisiete del EACLM?

Corresponde al Consejo de Gobierno de la región: a) Ejercer en su territorio todas las facultades que las leyes reguladoras del Poder Judicial reconozcan o atribuyan al Gobierno de la Nación. b)…

¿El Artículo veintisiete del EACLM está vigente?

El artículo veintisiete del EACLM está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo veintisiete dentro del EACLM?

Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo veintisiete?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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