Resumen del Artículo cuarenta y siete

Artículo cuarenta y siete del Estatuto de Autonomía para Cantabria (EACant) — La Hacienda de la Comunidad Autónoma se constituye con: 1. Los rendimientos de los impuestos que establezca la Comunidad Autónoma de Cantabria. 2. Los rendimientos de los impuestos cedidos por el Estado, a que se refiere la disposición adicional primera, y de todos aquellos cuya…

EACantVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo cuarenta y siete

La Hacienda de la Comunidad Autónoma se constituye con:

1. Los rendimientos de los impuestos que establezca la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2. Los rendimientos de los impuestos cedidos por el Estado, a que se refiere la disposición adicional primera, y de todos aquellos cuya cesión sea aprobada por las Cortes Generales.

3. Un porcentaje de participación en la recaudación total del Estado por la totalidad de sus impuestos percibidos en la Comunidad Autónoma.

4. El rendimiento de sus propias tasas, aprovechamientos especiales y por la prestación de servicios directos de la Comunidad Autónoma, sean de propia creación o como consecuencia de traspasos de servicios estatales.

5. Las contribuciones especiales que establezca la Comunidad Autónoma en el ejercicio de sus competencias.

6. Los recargos en impuestos estatales.

7. En su caso, los ingresos procedentes del Fondo de Compensación Interterritorial.

8. Otras asignaciones con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

9. La emisión de deuda y el recurso al crédito.

10. Los rendimientos del patrimonio de la Comunidad Autónoma.

11. Ingresos de derecho privado; legados y donaciones.

12. Multas y sanciones en el ámbito de sus competencias.

Norma publicada: 30 de diciembre de 1981

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo cuarenta y siete

¿Qué dice el Artículo cuarenta y siete del EACant?

La Hacienda de la Comunidad Autónoma se constituye con: 1. Los rendimientos de los impuestos que establezca la Comunidad Autónoma de Cantabria. 2. Los rendimientos de los impuestos cedidos por el…

¿El Artículo cuarenta y siete del EACant está vigente?

El artículo cuarenta y siete del EACant está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo cuarenta y siete dentro del EACant?

Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía para Cantabria.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo cuarenta y siete?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.