Resumen del Artículo quince

Artículo quince del Estatuto de Autonomía de Canarias (EACan) — Corresponde al Gobierno de Canarias: Uno. Las funciones ejecutivas y administrativas, de conformidad con lo que establece el presente Estatuto. Dos. La potestad reglamentaria. Tres. La planificación de la política regional y la coordinación de la política económica insular con…

EACanVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo quince

Corresponde al Gobierno de Canarias:

Uno. Las funciones ejecutivas y administrativas, de conformidad con lo que establece el presente Estatuto.

Dos. La potestad reglamentaria.

Tres. La planificación de la política regional y la coordinación de la política económica insular con la regional, teniendo en cuenta las necesidades de cada isla.

Cuatro. La interposición de recursos de inconstitucionalidad y cuantas facultades le atribuya la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

Cinco. Cualquier otra potestad o facultad que le sea conferida por las Leyes.

Norma publicada: 10 de agosto de 1982

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo quince

¿Qué dice el Artículo quince del EACan?

Corresponde al Gobierno de Canarias: Uno. Las funciones ejecutivas y administrativas, de conformidad con lo que establece el presente Estatuto. Dos. La potestad reglamentaria. Tres. La planificación…

¿El Artículo quince del EACan está vigente?

El artículo quince del EACan está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo quince dentro del EACan?

Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía de Canarias.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo quince?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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