Resumen del Artículo once

Artículo once del Estatuto de Autonomía de Canarias (EACan) — Uno. El Parlamento Canario es inviolable. Dos. El Parlamento se constituirá dentro del plazo de los treinta días siguientes a la celebración de las elecciones.

EACanVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo once

Uno. El Parlamento Canario es inviolable.

Dos. El Parlamento se constituirá dentro del plazo de los treinta días siguientes a la celebración de las elecciones.

Norma publicada: 10 de agosto de 1982

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo once

¿Qué dice el Artículo once del EACan?

Uno. El Parlamento Canario es inviolable. Dos. El Parlamento se constituirá dentro del plazo de los treinta días siguientes a la celebración de las elecciones.

¿El Artículo once del EACan está vigente?

El artículo once del EACan está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo once dentro del EACan?

Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía de Canarias.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo once?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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