Resumen del Artículo Disposición transitoria quinta

Artículo Disposición transitoria quinta del Estatuto de Autonomía de Canarias (EACan) — Disposición transitoria quinta. La Comunidad Autónoma asumirá la totalidad de derechos y obligaciones de la Junta de Canarias incluido su personal en las condiciones y régimen jurídico que, en el momento de la aplicación del presente Estatuto, resulten de aplicación en cada caso.

EACanVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición transitoria quintaDisposición transitoria quinta

Disposición transitoria quinta.

La Comunidad Autónoma asumirá la totalidad de derechos y obligaciones de la Junta de Canarias incluido su personal en las condiciones y régimen jurídico que, en el momento de la aplicación del presente Estatuto, resulten de aplicación en cada caso.

Norma publicada: 10 de agosto de 1982

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria quinta

¿Qué dice el Artículo Disposición transitoria quinta del EACan?

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¿Dónde se ubica el Artículo Disposición transitoria quinta dentro del EACan?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición transitoria quinta?

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