Resumen del Artículo Disposición adicional quinta

Artículo Disposición adicional quinta del Estatuto de Autonomía de Canarias (EACan) — Disposición adicional quinta La declaración de interés general de obras, instalaciones o servicios en Canarias tendrá en cuenta las singularidades del Archipiélago.

EACanVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional quintaDisposición adicional quinta

Disposición adicional quinta

La declaración de interés general de obras, instalaciones o servicios en Canarias tendrá en cuenta las singularidades del Archipiélago.

Norma publicada: 10 de agosto de 1982

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional quinta

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional quinta del EACan?

Disposición adicional quinta La declaración de interés general de obras, instalaciones o servicios en Canarias tendrá en cuenta las singularidades del Archipiélago.

¿El Artículo Disposición adicional quinta del EACan está vigente?

El artículo Disposición adicional quinta del EACan está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional quinta dentro del EACan?

Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía de Canarias.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional quinta?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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