Resumen del Artículo 136

Artículo 136 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (EABal) — Estabilidad presupuestaria. Corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears el establecimiento de los límites y las condiciones para conseguir los objetivos de estabilidad presupuestaria dentro de los principios y la normativa del Estado y de la Unión Europea.

EABalVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 136

Corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears el establecimiento de los límites y las condiciones para conseguir los objetivos de estabilidad presupuestaria dentro de los principios y la normativa del Estado y de la Unión Europea.

Norma publicada: 28 de febrero de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 136

¿Qué dice el Artículo 136 del EABal?

Estabilidad presupuestaria. Corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears el establecimiento de los límites y las condiciones para conseguir los objetivos de estabilidad presupuestaria…

¿El Artículo 136 del EABal está vigente?

El artículo 136 del EABal está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 136 dentro del EABal?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 136?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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