Resumen del Artículo 120

Artículo 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (EABal) — Principios. 1. Las relaciones de orden tributario y financiero entre el Estado y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se regulan por la Constitución, el presente Estatuto y la Ley Orgánica prevista en el apartado 3 del artículo 157 de la Constitución. 2. La financiación de…

EABalVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 120

1. Las relaciones de orden tributario y financiero entre el Estado y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se regulan por la Constitución, el presente Estatuto y la Ley Orgánica prevista en el apartado 3 del artículo 157 de la Constitución.

2. La financiación de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se fundamenta en los siguientes principios:

a) Autonomía financiera.

b) Lealtad institucional.

c) Solidaridad, equidad y suficiencia financiera, atendiendo al reconocimiento específico del hecho diferencial de la insularidad, para garantizar el equilibrio territorial, y a la población real efectiva, determinada de acuerdo con la normativa estatal, así como a su evolución.

d) Responsabilidad fiscal.

e) Coordinación y transparencia en las relaciones fiscales y financieras entre las Administraciones públicas.

f) Garantía de financiación de los servicios educativos, sanitarios y sociales en los términos previstos en el artículo 123.2 de este Estatuto.

g) Prudencia financiera y austeridad.

3. La Comunidad Autónoma de las Illes Balears goza del mismo tratamiento fiscal que la legislación establezca para el Estado.

Norma publicada: 28 de febrero de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 120

¿Qué dice el Artículo 120 del EABal?

Principios. 1. Las relaciones de orden tributario y financiero entre el Estado y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se regulan por la Constitución, el presente Estatuto y la Ley Orgánica…

¿El Artículo 120 del EABal está vigente?

El artículo 120 del EABal está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 120 dentro del EABal?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 120?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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